Ley Nº 4524

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 4524

Tipo de Norma: Ley

Número: 4524


Visualización de la norma: Ley 4524



Descargar Ley 4524 en PDF -

documento PDF

 04524

LEY N.° 4*524

Prorrogando los efectos de la ley N. 4226, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1928.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente.

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente.

Artículo lo. Prorrógase los efectos de la ley N. 4226, hasta el 31 de diciembre de 1923.

Artículo 2o. Queda sin efecto la acción de deshaueio si el demandado deposita, en el acto del comparendo, la suma a que ascienden los alquileres, en cu-yo pago ha incurrido en mora.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congre so, en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre de mil novecientos veintidós.

Gr. Luna Iglesias, Presidente del Se

F. A. MariáteGüi, Primer Vicepres dente de la Cámara de Diputados.

R. C. Espinoza1 Secretario del Senado.

Munuel Jesús Urbina, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República

Por tanto : mando se imprima, publi-oue, circule y se le dé el debido cum-plimiemto.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre de mil novecientos veintidós.

A. B. Leguía.

J. Ego Aguirre.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos