Tipo de Norma: Ley
Número: 4460
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04460LEY N9 44no
Nombrando una comisión encargada, de
1¿A REVISIÓN DKL 1*110 YE OTO DEL OÓ DIGO
Penad y del vigente Código de Procedimientos EN LA MTSMA MATERIA.
EL PRESIDENTE D E LA REPUBLICA
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para i|ue disponga lo necesario a su cunipll-mi en to.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los veintisiete dias del mes de diciembre de mil novecientos veintiuno.
Cesar CanIívako, Presidente de ln Cn-ninra Senadores.
Por cuanto: el Congreso lia dado la ley si guien le:
El Congreso de la Uepública Peruana.
Considerando:
lo. — Que el Código de Procedimientos en Materia Criminal, no guardan perfecta armonía con el Código Penal vigente, lo que dificulta la buena administración de justicia en ese ramo; y
2o —Que se haya en estudio el pro* yecto del Código Penal formulado por la Comisión creada por la ley N° 2110; (*)
lia dado la ley siguiente:
Articulo único. — Encárgase a una Comisión compuesta de dos Senadores y tres Diputados elegidos por sus respectivas Cámaras y dos Magistrados elegidos por la Corte Suprema, la revisión del proyecto del Código Penal y del vigente Código de Procedimientos en la misma materia.
(*) Ksle número está equivocado, pues corres pondo a una Ileso)ación Legislativa de distinta-natur:i.lpy.¡i.
PkdkoJose Rada y Gamio, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. M. del Prado, Senador Secretario.
Mariano L. Alvares, Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a ios treinta días del mes de diciembre de mil novecientos veintiuno.
A. B, Lkguía.
Oscar C. Barros.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.