Ley Nº 4417

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4417


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 04417

KKVAMDANDf) LA CÉDULA DK RETIRO DI-'L TENIENTE PRIMERO I>K LA ARMADA DON IlSTANISÍ.AO AKAUJO.

Ijinm, 21 de no cié mitre de 11)21. Señor:

K1 Congreso lm resuelto revalidar, eon arreglo a la ese-a 1 a de sueldos de 11M2, la cédula de retiro expedida a favor del Teniente lo. de la Armada Nacional don lOs-1»ni>ilue Av»inie «-*I 1 do nlinl de



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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