Ley Nº 4380

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 04380

LEY N9 4380

Autorizando al Poder Ejecutivo para

QUE 11AOA LAS REFORMAS NECESARIAS EN

EL REGIMEN DE LAS ADUANAS.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso de la República Peruana ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana, lia dado la ley siguiente:

Artículo lo.—Autorízase al Poder E-jecutivo para que haga las reformas qm* estime necesarias en el organismo, régimen y procedimientos de las Aduanas, a íin de simplificar y acelerar sus operaciones y mejorar su servicio; pudiendo, para su efecto, contratar en el extranjero personal directivo idóneo en asuntos aduaneros.

Artículo 2o.- Para los efectos que esta autorización y la reforma ocasionen, se dispondrá del monto de las partidas consignadas en el Presupuesto General de la República para el ramo de Aduanas y si no fuere suficiente, se abrirá un crédito suplementario por la suma que se crea indispensable para satisfacerlos.

Artículo 3o.—Se dará cuenta del uso de esta autorización a la próxima legislatura ordinaria.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos veintiuno.

César Canevaro, Presidente de la (Jamara de Senadores.

Pedro Jóse Rada y Gmlo, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. M. del Prado, Secretario del Senado.

Manuel A. Ensancho, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima7

a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos veintiuno.

A. B. Leguia.

Abraham Rodríguez Dulanto.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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