Ley Nº 4376

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4376


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 04376

LEY N° 4o70

Consto nando una partida en el Presupuesto General, l'AUA la adquisición

DE UN INSTRUMENTAL DE OIKUJÍA CONDES-

TINO al Hospital de Cajamarca.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cnanto: el Congreso de la República Peruana ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. — Consígnase en el Presupuesto General de la República, para el próximo año, una partic a de quinientas libras peruanas de oro, destinadas a la adquisición de un instrumental de ciru-jía, de esterilizadores y demás enseres, destinados al servicio del hospital de Halen, de la ciudad la Cajamarca.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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