Ley Nº 437

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Tipo de Norma: Ley

Número: 437


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 00437

LEY N.° 437 Aumento de haberes

en el ramo de correos y telégrafos

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la lev siguiente:

Art. 1° Auméntase en 10 % el haber de los empleados del Ramo de Correos v Telégrafos, con excepción de aquellos que hayan sido aumentados por

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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