Ley Nº 435

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Tipo de Norma: Ley

Número: 435


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 00435

LUY N.° 435 Reformas en las aduanas

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Art. l.° Autorízase al Poder Ejecutivo para que sin alterar las tarifas vigentes, haga las reformas que estime necesarias en el sistema y la organización de las aduanas, á fin de mejorar sus servicios y acelerar sus operaciones.

Art. 2.° Para los gastos que esta re

forma ocasione, el Poder Rieentivo díc-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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