Tipo de Norma: Ley
Número: 4106
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04106Ley IM." 4106.
Arancel de Aduanas y el Código del ramo: se ponen en vigencia
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso Nacional ha dado la ley siguiente: hl Congreso fie la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo i."—Autorízase al Poder Eiecu-tivo, para poner en vigencia, con las modificaciones que estime oportunas el Arancel
ramo.
Ap Arlnnrm*; v el CndiVo del ramo, formula-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.