Ley Nº 4105

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Número: 4105


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 04105

Ley N." 4105.

Premio pecuniario a favor de la Yíuda e hijos del doctor D. Alfredo del Valle, Director de la Propiedad Inmueble de Li-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso Nacional ha dado la ley siguiente:

hi congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo, para conceder por una sola vez, un premio pecuniario de quinientas libras peruanas oro, a la viuda e hijos del que fue doctor don Alfredo del Valle, Director General

del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de mayo de mil novecientos veinte.

A. E. Bedoya.—Presidente del Senado.

J. M. Rodríguez.—Vice-Presiden te de la Cámara de Diputados.

Juan Antonio Portella.—Secretario del Senado.

Aligad A. Aloran.—Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de mayo de mil novecientos veinte.

A. B. LEGUIA.

Fernando C. Fuchs.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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