Tipo de Norma: Ley
Número: 4003
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04003Ley N°. 4003.
Ministerio de Marina:— Autorizando al Ejecutivo para orga -nizar esta repartición administrativa.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto la Asamblea Nacional ha
dado la ley siguiente:
La Asamblea Nacional.
Ha dado la ley siguiente:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.