Ley Nº 4002

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4002


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 04002

Ley N\ 4002.

Autorizando al Poder Ejecutivo para poner término al oonfllc-to produoido en la Universidad Mayor de 8an Marcos, en las Universidades menores y en las Escuelas Especiales; prescribiendo la forma cómo deben proveerse las cátedras declaradas vacantes.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto la Asamblea Nacional ha dado 1a lev siguiente*

La Asamblea Naolonal.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo i*.—Autorízase al Poder Ejecutivo para poner término al conflicto producido en la Universidad Mayor de San Marcos, en las Universidades menores y en las Escuelas especiales ;

Artículo 2*. —Declárase vacantes las cátedras cuya enseñanza sea deficiente; esta deficiencia se comprobará tomando en cuenta las justas alegaciones de la juventud que ha tachado a varios catedráticos;

Artículo 3°.—La provisión de los nuevos catedráticos la hará el Gobierno atendiendo al pedido de la juventud entre los doctores de la Universidad Mayor y de las Universidades me-

_____ ____ t.-. • . •



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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