Tipo de Norma: Ley
Número: 4001
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04001Ley N°. 4001.
Proclamando Presidente constitucional al ciudadano O. Augusto B. Leguía, para el período legal que comenzará el 12 de octubre de 1919 y terminará en igual fecha de 1924.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto la Asamblea Nacional ha dado la ley siguiente:
La Asamblea Nacional.
Considerando:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.