Ley Nº 359

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Tipo de Norma: Ley

Número: 359


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 00359

LEY N.° 359

Subvención á la Universidadde Trni illo

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso ele la República Peruana Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. Auméntaseen doscientas libras la subvención anual cjne para su sostenimiento tiene asignada la Universidad Menor de La Libertad.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso en Lima, á los 12 días del mes de noviembre de 1906—M.C. Barrios, Presidente del Senado.—Juan Fardo, Primer Vice-Presidente de la H. Cámara d^ Diputados.—Julio Revoredoy Senador Pro-Secretario. - A. F. Leónf Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.—Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los 22 días del mes de noviembre de 1906.-José Pardo. — Carlos A. Wnshburn.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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