Tipo de Norma: Ley
Número: 346
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00346LEY No. 346.
Predios de Tacna, Tarata y Moquegua
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la lev siguiente:
Art. l.° Exceptúase del pago de predios por los años de 1907, 1 908 y 1909, á los propietarios de los distritos de Ua-baya, Locumba y Sama, en la provincia de Tacna; del distrito de Ticaco y de los pueblos de Cairani, Camilaca, Huanuara
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.