Ley Nº 337

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Tipo de Norma: Ley

Número: 337


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 00337

LEY N.° 337

Juzgado del crimen en Huarás

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:

El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:

Art. l.° C ' rea se en la provincia del cercado de Huarás, una judicatura del.* instancia, que deberá conocer de las causas criminales y de las revisiones, con el personal y dotación siguientes:

A1 año

1



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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