Tipo de Norma: Ley
Número: 328
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00328LEY N.ü 323
Telégrafo de Casma á Huari
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Art. l.° —Votase, por una sola vez, en el presupuesto general de la república, la suma de dos mil ochocientas libras para prolongar hasta la ciudad de Huari la inca telegráfica que va de ('asma á Recu ay.
Art 2.u— El Poder Ejecutivo dictará las medidas necesarias para el mejor cumplimiento de la presente lev.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los 14 días del mes de noviembre de 190b.—M. C. Barrios, Presidente del Senado—Juan Pardo, Primer Yice-Presidente de la H. Cámara de Diputados.—Julio Revoredo, Senador Pro-Secretario.—Germán Arenas, Diputado Secretario.
Por tanto: mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento. — Dado en la casa de Gobierno, en Lima, álos 15 días del mes de noviembre de 1906.—José Pardo.—Hernán Vela rde.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.