Tipo de Norma: Ley
Número: 326
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00326LEY N.° 326
Capital de ChanehamayoHL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cnanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Trasládase al pueblo de la Merced la capital del distrito de Chanehamayo. perteneciente á la provincia de Tarma, del Departamento de Junín.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Uon-<rreso, en Lima, á los S días del mes de noviembre de 1906.—M. C. Barrios, Presidente del Senado—Juan Pardo, Primer
Yice-Presidente de la II. Cámara de Diputados.—Julio Revorcdo, Senador Pro-Secretario.—Germán Arenas, Diputado Secretario.
Al Exemo. Sr. Presidentede la República.
Por tanto: ruando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.—Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los lo días del mes de noviembre de 1906. - Josú Pardo. - Hernán Ye larde
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.