Ley Nº 311

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Tipo de Norma: Ley

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 00311

Res. leg. XT°. 311 Servicios del sargento mayor Sebastián Chaves

Lima, 10 cíe noviembre de 1906.

Exorno. Señor:

El Congreso, en vista de la solicitud del sargento mayor don Sebastián Cha-vez, ha resuelto que se le reconozca de abono en su libreta de servicios los que tiene prestados á la Nación desde abril de ISTy hasta marzo de 1SS4.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á V. E. — M. C. Barrios, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Primer Vice presidente de la H. Cámara de Diputados. —Julio Revcredo, Senador Pro-Secretario.—Germán Arenas, Diputado Secretario.

Lima, 13 de noviembre de 1906.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese.— Rúbrica de S. E.—Muñiz.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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