Ley Nº 305

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Tipo de Norma: Ley

Número: 305


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 00305

Res. leg. No. 305 Permiso á D. C. Oqxundo

Alvarez

Lima, 25 de octubre de 1906.

Excmo. Señor:

El Congreso, accediendo á la solicitud de don Carlos Oquendo Alvarez, doctor en medicina, recibido en la Universidad de París, ha resuelto concederle permiso para que, sin rendir los exámenes reglamentarios. ejerza en la república la profesión de médico y cirujano.

Lo comunicamos á V. E.para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á V. E.—Nicanor M. Caií-mona, Primer Vice-Presidente de la Cámara de Senadores.—Juan Pardo, Primer Vice-Presidente de la H. Cámara de Diputados. — Julio Revoredo, Senador Pro-Secretario. — Germán Arenas, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 10 de noviembre de 1906.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese.—Rúbrica de S. E.—Polar.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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