Ley Nº 304

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Tipo de Norma: Ley

Número: 304


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 00304

LEY No. 304.

Mobiliario para la Facultad de Medicina

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

I J

El Congreso de la República. Peruíxna Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.— Votase en el presupuesto general de la república, por una sola vez, la cantidad de mil quinientas libras para dotar de mobiliario al nuevo local de la Facultad de Medicina de la Universidad Mayor de San .Marcos de Lima.

El Poder Ejecutivo dispondrá lo conveniente para el cumplimiento de esta ley.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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