Ley Nº 30203

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 30203

B Peruano

Martes 10 de junio de 2014

NORMAS LEGALES

524937

Zonal

Zonal

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY U° 30203

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CÓNDOR ANDINO

Articulo 1Declaración de interés nacional

Declárase de interés nacional y necesidad pública la protección y conservación del cóndor andino.

Articulo 2.- La autoridad

Encárgase a los gobiernos regionales y entes operativos pertinentes, en coordinación con la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, a realizar las acciones necesarias para que, en el marco de su competencia, puedan dar cumplimiento a lo establecido en la presente norma, con cargo a su presupuesto.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de mayo de dos mil catorce.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Congreso de la República

LUIS IBERICO NÚÑEZ Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de junio del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5o de la Ley N° 27603, Ley de Creación del Banco Agropecuario estableció la conformación del Directorio del Banco Agropecuario;

Que, el artículo 8o de la Ley N° 29064, Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario - AGROBANCO, modificado por el artículo Io del Decreto Legislativo N° 995, modificó la conformación del Directorio del Banco Agropecuario, señalando que éste está integrado, por tres (3) representantes del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego, uno de los cuales lo preside y dos (2) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Resolución Suprema N° 014-2011-AG se designó al señor Hugo Carlos Wiener Fresco, como Director y Presidente del Directorio del Banco Agropecuario- AGROBANCO, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el citado director ha puesto su cargo a disposición, por lo que corresponde designar a su reemplazante;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor Hugo Carlos Wiener Fresco, como Director y Presidente del Directorio del Banco Agropecuario- AGROBANCO, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al señor Enrique Díaz Ortega como Director y Presidente del Directorio del Banco Agropecuario- AGROBANCO, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego.

Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego

1094630-5

Designan Jefe de la Agencia Moyobamba de la Dirección Amazonas de AGRO RURAL

RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 170-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE

Lima, 9 de junio de 2014

1094629-1

CONSIDERANDO:

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO

Designan Director y Presidente del Directorio del Banco Agropecuario -AGROBANCO, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 021-2014-MINAGRI

Lima, 9 de junio de 2014

Que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL, las Agencias Zonales están a cargo de un Jefe Zonal, quien es designado por Resolución Directoral de la Dirección Ejecutiva, dependen jerárquicamente de la Dirección Zonal y puede administrar uno o más provincias y distritos;

Que, se ha visto pertinente designar al funcionario que ejercerá las funciones de Jefe de la Agencia Zonal Moyobamba, del ámbito de la Dirección Zonal Amazonas, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural -AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en eí Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado medíante Resolución Ministerial N° 1120-2008-AG;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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