Tipo de Norma: Ley
Número: 30203
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30203B Peruano
Martes 10 de junio de 2014
NORMAS LEGALES
524937
Zonal
Zonal
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY U° 30203
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CÓNDOR ANDINO
Articulo 1Declaración de interés nacionalDeclárase de interés nacional y necesidad pública la protección y conservación del cóndor andino.
Articulo 2.- La autoridadEncárgase a los gobiernos regionales y entes operativos pertinentes, en coordinación con la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, a realizar las acciones necesarias para que, en el marco de su competencia, puedan dar cumplimiento a lo establecido en la presente norma, con cargo a su presupuesto.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinte días del mes de mayo de dos mil catorce.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Congreso de la República
LUIS IBERICO NÚÑEZ Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de junio del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5o de la Ley N° 27603, Ley de Creación del Banco Agropecuario estableció la conformación del Directorio del Banco Agropecuario;
Que, el artículo 8o de la Ley N° 29064, Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario - AGROBANCO, modificado por el artículo Io del Decreto Legislativo N° 995, modificó la conformación del Directorio del Banco Agropecuario, señalando que éste está integrado, por tres (3) representantes del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego, uno de los cuales lo preside y dos (2) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, mediante Resolución Suprema N° 014-2011-AG se designó al señor Hugo Carlos Wiener Fresco, como Director y Presidente del Directorio del Banco Agropecuario- AGROBANCO, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el citado director ha puesto su cargo a disposición, por lo que corresponde designar a su reemplazante;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048;
SE RESUELVE:
Artículo Io.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor Hugo Carlos Wiener Fresco, como Director y Presidente del Directorio del Banco Agropecuario- AGROBANCO, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al señor Enrique Díaz Ortega como Director y Presidente del Directorio del Banco Agropecuario- AGROBANCO, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego.
Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego
1094630-5Designan Jefe de la Agencia Moyobamba de la Dirección Amazonas de AGRO RURAL
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 170-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DELima, 9 de junio de 2014
1094629-1
CONSIDERANDO:
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Director y Presidente del Directorio del Banco Agropecuario -AGROBANCO, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 021-2014-MINAGRILima, 9 de junio de 2014
Que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL, las Agencias Zonales están a cargo de un Jefe Zonal, quien es designado por Resolución Directoral de la Dirección Ejecutiva, dependen jerárquicamente de la Dirección Zonal y puede administrar uno o más provincias y distritos;
Que, se ha visto pertinente designar al funcionario que ejercerá las funciones de Jefe de la Agencia Zonal Moyobamba, del ámbito de la Dirección Zonal Amazonas, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural -AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en eí Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado medíante Resolución Ministerial N° 1120-2008-AG;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.