Tipo de Norma: Ley
Número: 30101
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30101B Peruano
Sábado 2 de noviembre de 2013
NORMAS LEGALES
506361
Autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas a la República Popular China,
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N9 30101
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la Ley siguiente
LEY QUE FIJA LAS REGLAS DE APLICACIÓN TEMPORAL RELACIONADAS A BENEFICIOS
PENITENCIARIOS
Artículo Único.- Vigencia de leyes
Las modificaciones efectuadas por las Leyes N°s. 30054,30068,30076 y 30077 a los beneficios penitenciarios son de aplicación a los condenados por los delitos que se cometan a partir de su vigencia.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los quince días del mes de octubre de dos mil trece.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Congreso de la República
MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de noviembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
CESAR VILLANUEVA AREVALO Presidente del Consejo de Ministros
1008759-1
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Emiratos Arabes Unidos y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de 03 de setiembre de 2013 del Director General del Departamento de Ciencias, Tecnología y Cooperación Internacional de la República Popular China, se cursa invitación al señor Ministro de Energía y Minas, ing. Jorge Humberto Merino Tafur a la “Conferencia y Exhibición CHINA MINING 2013”, el que tendrá una duración del 02 al 05 de noviembre de 2013, en la ciudad de Tianjin, República Popular China;
Que, la participación del señor Ministro de Energía y Minas al referido evento es importante para la consolidación de la presencia peruana en la actividad minera mundial, así como promover los negocios entre las industrias mineras entre el Perú y la República Popular China, y afianzar relaciones culturales y de confianza bilaterales, además de tratarse de una de las mayores plataformas de promoción de inversiones mineras, cooperación e intercambio en Asia y el mundo, abarcando toda la cadena de valor minero;
Que, asimismo a través de Carta del 23 de octubre de 2013, la Agencia Internacional de Energías Renovables - IRENA, invita al señor Ministro de Energía y Minas para sostener una reunión con su Director General, a desarrollarse el día 07 dp noviembre de 2013, en la dudad de Abu Dhabi, Emiratos Arabes Unidos, la cual servirá para estrechar lazos con dicha institución, así como con representantes de empresas vinculadas al sector energético a nivel mundial;
Que, con Carta de 23 de octubre de 2013, la Embajada de Perú en el Reino Unido cursa una invitación al señor Ministro de Energía y Minas a fin de asistir a una reunión a realizarse el día 08 de noviembre de 2013, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en el que participarán autoridades y potenciales inversionistas del sector minero- energético, la cual constituye unan oportunidad para consolidar al Perú como un país atractivo para la inversión y los negocios en Latinoamérica;
Que, de conformidad con el artículo 2o del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por finalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades mineras y energéticas;
Que, en tal sentido y por ser de interés para el país y la entidad, es necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Energía y Minas, del 02 al 09 de noviembre de 2013, para los fines a que se refieren los párrafos precedentes, el mismo que no irrogará ningún tipo de gasto al Estado;
Que, asimismo de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, es necesario encargar la Cartera de Energía y Minas en tanto dure la ausencia de su Titular, y;
De conformidad con ío previsto en la Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ministro de Energía y Minas, Ingeniero Jorge Humberto Menno Tafur, a las ciudades de Tianjin, República Popular China; Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos y Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 02 al 09 de noviembre de 2013, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Encargar la Cartera de Energía y Minas al señor Carlos Paredes Rodríguez, Ministro de Transportes y Comunicaciones, a partir del 02 noviembre de 2013 y en tanto dure la ausencia de su Titular.
Artículo 3.- La presente autorización de viaje no irroga ningún tipo de gasto al Estado, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 390-2013-PCM
CESAR VILLANUEVA AREVALO Presidente del Consejo de Ministros
1008758-1
Lima, 1 de noviembre de 2013
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.