Tipo de Norma: Ley
Número: 29982
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¥ NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 16 de enero de 2013
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INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
MINISTERIO PUBLICO
Res. N° 004-13-IPEN/PRES.- Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal del IPEN 486259
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOSRes. N° 005-2013-SMV/11.1Disponen inscripción de acciones representativas del capital social de Financiera ProEmpresa SA en el
Registro Público del Mercado de Valores 486260
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 123-024-0002011/SUNAT.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto 486260
PODER JUDICIALCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. N° 121-2013-MP-FN.- Autorizan participación de profesional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses en
evento a desarrollarse en EE UU. 486267
RR. N°s. 124, 125, 126, 127, 128, 129 y 130-2013-MP-
FN.- Dan por concluidas designaciones y nombramientos, nombran, designan y aceptan renuncias de Fiscales en diversos Distritos
Judiciales 486268
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 134-2013.- Autorizan al Banco Cencosud SA el cierre de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Lima y Arequipa
486270
Res. N° 163-2013.- Autorizan al BBVA Continental el cierre definitivo de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de
Lima, Arequipa y La Libertad 486271
Circular N° AFOCAT-7-2013.- Aprueban Circular relativa a contrato de fideicomiso que las AFOCAT hayan suscrito con COFIDE
486271
Res. Adm. N° 042-2013-P-CSJLI/PJ.- Crean la Comisión Distrital de Jueces para el seguimiento y monitoreo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de Lima 486261
Res. Adm. N° 043-2013-P-CSJLI/PJ.- Crean la Comisión Distrital de Jueces y personal técnico para la implementación, seguimiento y monitoreo de los órganos jirsdiccionales que conocerán procesos en la subespectaídad en temas tribútanos y aduaneros donde sea parte el Tribunal
Fiscal, la SUNAT y asertos en que interviene el INDECOP! 486261
Res. Adm. N° 01-2013-J-ODECMA-CSJLN/PJ.- Aprueban cronograma de Visitas Judiciales Orinarías a realizarse en drversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 486262
GOBIERNOSREGIONALESGOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Res. N° 329-2012.GR.LAMB/PR.- Designan funcionario como responsable de remitir ofertas de empleo de la sede del Gobierno Regional al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
486271
ORGANOS AUTONOMOS GOBIERNOS LOCALESREGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RR.JJ. N°s. 02, 03, 04, 05, 06 y 07-2013/JNAC/RENIEC.-
Autorizan delegación de funciones regístrales a Oficinas de Registros del Estado Civil de comunidades nativas y centros poblados de los departamentos de Amazonas, Huánuco, Junín y Huancavélica 486264
V______
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
D.A. N° 002-2013-MDI.- Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de
Independencia 486272
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PODER LEGISLATIVOCONGRESO DE LA REPUBLICARESOLUCION LEGISLATIVA Ne29982
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DON LUIS RIVERA ESPINOZA, DESTACADO BOXEADOR NACIONAL
Articulo 1. Objeto de la Resolución Legislativa
Concédese pensión de gracia a don Luis Rivera Espinoza, ascendente a dos (2) remuneraciones mínimas
vitales mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado.
Artículo 2. Naturaleza de la pensión de gracia
La pensión de gracia a que se refiere el artículo precedente es personal, intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.
Artículo 3. Cumplimiento de la Resolución Legislativa
El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efectuarse las acciones administrativas con cargo a su presupuesto institucional, aprobado por la Ley 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
Articulo 4. Vigencia
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.