Ley Nº 29911

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 29911

El Peruano

Lima, miércoles 5 de setiembre de 2012

$ NORMAS LEGALES

474005

PODFR I FGTSI ATTVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N929911

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DC LARCrÚDLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL

SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 6 AL 10 DE

SETIEMBRE DE 2012

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102, inciso 9), y 113, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo

76, inciso j), dol Roglamonto dol Congroso; y en la Loy

28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República del Perú y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional del 6 al 10 de setiembre del presente año, con el

objeto de participar en la XX Cumbre de Lídcroc del Foro

de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC), que

se llevará a cabo en la ciudad de Vladivostok, Federación

Rusa

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación.

Comuniqúese al señor Presidente Constitucional de

la República para 3u promulgación.

En Lima, a los cinco días del mes de setiembre de dos mil doce.

VÍCTOR I3LA ROJA3

Presidente del Congreso de la República

MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 5 de setiembre de 2012.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

837359-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN EN LA

SEPARATA DE NORMAS LEGALES

Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos

Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,

reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:

1. - La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes.

en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos

refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial.

2. - Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un

disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

3. - En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido

en el artículo 9o del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

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5. - En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del

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