Tipo de Norma: Ley
Número: 2985
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02985LEY N.D 2985
Cárcel de la ciudad de Otuzeo:
votando partida para gu refección y ensanche
Germán Schreiber, 1er. Vice-Presi-dente del Senado.
Juan Pardo, Diputado Presidente.
Miguel D Gonzalos, Senador Secretario.
Luis A• Carrillo, Diputado Secretario.
AURELIO ARNAO,
PRESIDENTE DEL CONGRESO.
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente:
Artículo l.°—-Votase en el Presupuesto General de la República, para 1919, una partida de seiscientas libras peruanas de oro, que se aplicará á la refección y ensanche de la cárcel de la ciudad de
Otuzeo.
Artículo 2.°—El Ministerio de Justicia se ocupará de realizar esta obra, teniendo en cuenta los planos y presupuestos presentados por el ingeniero Don Ju-venal Monge.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos diez y ocho.
Al Señor Presidente de la República.
Por tanto; y no habiendo sido promulgada oportunamente por el Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución, mando se imprima, publique, circule y comuni-c ue al Ministerio de Justicia, "para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, á los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos diez y ocho.
Aurelio Arnao, Presidente del Congreso.
F- R. Lanatta, Secretario del Congreso.
Luís A- Carrillo, Secretario del Congreso.
Lima, 17 de diciembre de 1918.
Numérese, cúmplase y publíquese.
Fvórez-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.