Ley Nº 2958

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Tipo de Norma: Ley

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 02958

LEY N.° 2958

Andrés Vivavco, Pro-Secretario de) nado.

Luis d Carrillo, Diputado Secretario.

Reloj público en la torre de la iglesia de Huanta

AURELIO ARNAO,

PRESIDENTE DEL CONGRESO,

Po£ cuanto: el Congreso ha dado la lev siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Al Señor Presidente de la República.

Por tanto; y no habiendo sido promulgada oportunamente por el Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución, mando se imprima, publique, circule y comunique al Ministerio de Gobierno, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—El monto total de la partida N.° 1359 A.del pliego de Gobierno del Presupuesto General de la República, que desde setiembre de 1915 se ha dejado de aplicar al objeto á que dicha partida se destinaba, empléese en la adquisición de un reloj púb ico que se colocará en la torre de la iglesia de la ciudad de Huanta.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos diez y ocho.

Germán Schreiber, 1er. Vice-Presi-dente del Senado.

Casa del Congreso, en Lima, á los nue ve dias del mes de diciembre de mil nove cientos diez y ocho.

Aurelio Arnao, Presidente del Congreso.

F. R. Lanatta, Secretario del Congreso.

Luis A. Carrillo, Secretario del Congreso.

Lima, 13 de diciembre de 1918.

Numérese, cúmplase y publíquese.

Revilla.

Juan Pardo, Diputado Presidente.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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