Tipo de Norma: Ley
Número: 29539
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29539420604
NORMAS LEGALES
El Peruano
Urna, martes 15 de junio de 2010
Res. Adm. N° 155-2010-P-CSJCL/PJ.- Conforman Comisión para la implementación, desarrollo y ejecución de las actividades del Centro de Encuentro Familiar de la Corte Superior de Justicia del Callao
420629
Res. Adm. N° 488-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan
Juez Supernumeraria del Sétimo Juzgado Civil con
Subespecialidad Comercial de Lima 420630
Res. Adm. N° 489-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Superior Provisional de la Tercera Sala Civil de Lima y Juez Supernumerario del Décimo Sétimo Juzgado Civil
con Subespecialidad Comercial de Lima 420630
Res. Adm. N° 490-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan
magistradas superior provisional y supernumeraria en la
Corte Superior de Justicia de Lima 420631
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 5549-2010.- Autorizan a Financiera Edyficar la corrección de dirección de oficina especial ubicada en la
provincia de Lima 420632
Res. N° 5550-2010.- Autonzan a Financiera Edyficar el traslado de agenda ubicada en la provincia de Arequipa
420633
GOBIERNOS LOCALESMUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
ORGANOS AUTONOMOSJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. N° 370-2010-JNE.- Precisan término “cuota nativa y pueblos originarios” y modifican las RR. N°s 200 y 247-
2010-JNE 420631
V.
D.A. N° 010.- Aprueban Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 en el
distrito de San Isidro 420633
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Acuerdo N° 47-2010-ACSS.- Autorizan viaje del Alcalde
a Chile, en visita Oficial 420634
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PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICARESOLUCIÓN LEGISLATIVA
N° 29539
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL EL DÍA 16 DE JUNIO DE 2010
El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102°, inciso 9), y 113o, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo 76°, inciso j), del Reglamento del Congreso; y en la Ley núm. 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional el día 16 de junio del presente año, con el objeto de viajar a la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, donde sostendrá un encuentro presidencial con su homólogo de la República Federativa de Brasil, señor Luis Inácio Lula Da Silva, en el marco del cual se pasará revista a los temas más importantes de la relación bilateral.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los doce días del mes de junio de dos mil diez.
LUIS ALVA CASTRO
Presidente del Congreso de la República
MICHAEL URTECHO MEDINA
Segundo Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑQR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 14 de junio de 2010
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros
507145-1
LEY N° 29540
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO;
El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE DEMARCACIÓN Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE LA PROVINCIA HUÁNUCO EN EL DEPARTAMENTO HUÁNUCO
Artículo 1°.-Acciones de regularización Delimítanse y redelimítanse la provincia Huánuco y los distritos Amarilis, Chinchao, Churubamba, Huánuco, Margos, Pilleo Marca, Quisquí (Kichki), San Francisco de Cayrán, San Pedro de Chaulán, Santa María del Valle y Yammayo, en el departamento Huánuco.
Artículo 2°.-Acciones de formalización
2.1 Créase el distrito Yacus, cuya capital es Yacus, en la provincia Huánuco del departamento Huánuco.
2.2 Anéxanse los centros poblados Huallacayan, Rodeo de Margo y San Juan Tingo del distrito Jacas Chico de la provincia Yarowilca, al distrito Quisquí (Kichki) de la provincia Huánuco.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.