Tipo de Norma: Ley
Número: 29505
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29505El Peruano
Limat sábado 6 de febrero de 2010
¥ NORMAS LEGALES
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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Acuerdo N° 008.- Declaran como necesidad pública la intervención y recuperación de la Carretera Central y sus vías auxiliares 412962
Acuerdo N° 008-2010-MDSM.- Aceptan donación de panetones a favor de la Municipalidad 412965
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
SEPARATA ESPECIAL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
D.A. N° 001-2010-MDI.- Modfican la Primera Disposición Final del DA N° 002-2009-MDI, Reglamento de la Ordenanza N° 093-MDI
412963
MUNICIPALIDAD DE UNCE
Ordenanza N° 260-MDL.- Prohíben toda fonna de discriminación en el distrito 412963
V
Res. N° 061-062-063-064-065/2010/SUNAT/A.- Aprueban procedimientos sobre Reconocimientom Físico - Extracción y Análisis de Muestras, Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado, Importación para el consumo. Depósito Aduanero y Garantías de Aduanas Operativas 412864
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PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE IA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA
Nó 29505
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL EL DIA 9 DE FEBRERO DE 2010
El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102°, inciso 9), y 113o, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo 76°, inciso j), del Reglamento del Congreso; y en la Ley núm. 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional el día 9 de febrero del presente año, con el objeto de viajar a la ciudad de Quito, República del Ecuador. El propósito de esta visita es participar en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR, convocada por el Presidente del Ecuador, señor Rafael Correa, para tratar la actual situación en la República de Haití.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los cinco días del mes de febrero de dos mil diez.
LUIS ALVA CASTRO
Presidente del Congreso de la República
MICHAEL URTECHO MEDINA
Segundo Vicepresidente del Congreso
de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Lima, 5 de febrero de 2010.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros
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PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que convoca a nuevas elecciones municipales
DECRETO SUPREMO N° 021-2010-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo N° 020-2010-PCM convoca a nuevas Elecciones Municipales para el día domingo 6 de junio de 2010, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos distritales de veintiocho distritos electorales que se detallan en Anexo adjunto, el que constituye para integrante de dicho Decreto Supremo;
Que, el Anexo adjunto a que se hace referencia en el párrafo precedente, se elaboró sobre la base de lo resuelto en las Resoluciones N° 036-2010-JNE y N° 037-2010-JNE, que contemplaban, la primera veinticinco distritos y la segunda tres distritos, haciendo un total de veintiocho distritos electorales;
Que, sin embargo, a través de la Resolución N° 054-2010-JNE se integra la Resolución N° 036-2010-JNE y se incorpora el disfrito electoral Acraquia, de la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, dentro del grupo de aquéllos en los que se revocó a más de un tercio del Concejo Municipal respectivo, aumentando su número de veinticinco a veintiséis;
Que, asimismo, la mencionada Resolución N° 054-2010-JNE solicita al Poder Ejecutivo la inclusión del mencionado distrito electoral Acraquia, de la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, en la convocatoria a Nuevas Elecciones Municipales del año
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.