Tipo de Norma: Ley
Número: 29388
documento PDF
29388B Peruano
Lima, sábado 18 de julio de 2009
$ NORMAS LEGALES399225
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GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Res. N° 068-2009-GRSM-PEHCBM/GG.- Designan administradores de contenidos para la página Web del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, coordinadores encargados de brindar información y responsable del portal de transparencia
399277
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Acuerdo N° 035-2009-MDSMP.- Aceptan donación destinada al cofinanciamiento de proyectos de inversión 399284
MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Ordenanza N° 122.- Reglamentan el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Ario Fiscal 2010 399285
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYAIJ
Acuerdo N° 054-2009-GRU/CR.- Aceptan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Padre Abad para
construcción de Plaza Mayor de Aguaytía 399277
Acuerdo N° 056-2009-GRU/CR.- Aprueban Programa Multianual de Inversión Pública para el periodo 2010 - 2012
399278
MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA
Acuerdo N° 043-2009-MDSR.- Subsanan omisiones detectadas en el Acuerdo de Concejo N° 021-2008-MDSR, sobre adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche
399285
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE UMA
Ordenanza N° 338-MSS.- Modifican Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de Asignación de Personal de
la Municipalidad 399286
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
R.A. N° 187.- Modifican la RA N° 461, respecto de delegaciones efectuadas al Gerente del Programa de Gobierno Regional de Lima
Metropolitana 399278
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Ordenanza N° 191-MVES.- Aprueban Ordenanza que regula el proceso del Presupuesto Participalivo de Villa El Salvador
399290
Ordenanza N° 313-MDB.- Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Partidpatívo 2010 399279
MUNICIPALIDAD DE UNCE
Fe de Erratas Ordenanza N° 241-2009-MDL 399282
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LIJRIGANCHO
D.A. N° 014.- Autorizan suscripción de convenio específico de transferencia financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad 399283
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Ordenanza N° 087/MVMT.- Amplían plazo de beneficios tributarios aprobados mediante la Ordenanza N° 077/MVMT
399294
Ordenanza N° 088/MVMT.- Amplían plazo de Beneficios Tribútanos sobre costo del derecho de tramitación de constancias de posesión, aprobados por la Ordenanza N° 071/MVMT 399294
Ordenanza N° 089/MVMT.- Amplían plazo de vigencia de la II Campaña de Formalización de Establecimientos Comerciales en el
distrito de Villa María del Triunfo 399294
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PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N° 29388
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2o DE LA LEY N° 29299, LEY DE AMPLIACION DE LA PROTECCIÓN PATRIMONIAL Y TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIÓN ACCIONARIA DEL ESTADO A LAS EMPRESAS AGRARIAS AZUCARERAS
Artículo 1°.- Modificación del artículo 2o de la Ley N°
29299, Ley de Ampliación de la Protección Patrimonial
y Transferencia de Participación Accionaria del Estado a las Empresas Agrarias Azucareras
Modifícase el artículo 2o de la Ley N° 29299, Ley de Ampliación de la Protección Patrimonial y Transferencia de Participación Accionaria del Estado a las Empresas Agrarias Azucareras, en los siguientes términos:
“Articulo 2°.- Transferencia de la participación accionaria del Estado
Establécese un plazo de ciento ochenta (180) días, contado a partir del 1 de julio de 2009, para que la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) inicie, bajo responsabilidad, el proceso de transferencia de la participación accionaria que el Estado tiene en estas empresas. La Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) otorga el derecho preferente a los trabajadores de las empresas agrarias azucareras acogidas al régimen patrimonial de la Ley N° 28207, Ley que Otorga Nuevos Plazos a las Empresas Azucareras Acogidas a la Ley N° 28027, para la adquisición de las acciones del Estado en las empresas en las que laboran, de manera excluyente, de conformidad con el siguiente detalle:
1. Derecho individual y preferendal para adquirir directamente hasta el veinte por ciento (20%) del
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.