Ley Nº 29376

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Número: 29376


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 29376

ümaj^vas 11 de junio de 2009 f NORMAS LEGALES 397333

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Res. N° 5248-2009.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S A el cierre de oficina especial ubicado en la provincia de Tahuamanú, departamento de

Madre de Dios 397369

UNIVERSIDADES

Res. N° 1093-2009-UNAP.- Designan funcionario responsable de brindar información y del portal de internet de la Universidad Nacional de la Amazonia

Peruana 397370

GOBIERNOS LOCALES

Ordenanza N° 000021.- Amplían plazo de vigencia del Programa Extraordinario de Beneficios Tributarios en el

Cercado del Callao 397373

Ordenanza N° 000024.- Exoneran de pago de tasas por todo concepto a los contrayentes de matrimonio civil comunitario para personal de la Marina de Guerra del Perú

397373

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA

Acuerdo N° 062-2009-MPA.- Autorizan viaje de funcionario para participar en el “Foro de Gestión Ambiental, Políticas y Experiencias", a realizarse en

Bolivia 397374

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARCOS

Ordenanza N° 1258.- Modifican Ordenanza de Reajuste Integral de la Zonificación del distrito de San Juan de

Lurigancho 397370

Ordenanza N° 007-2009-MDSM.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad 397374

PROYECTOS

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA

D.A. N° 001 -2009-MDPH.- Modifican TUPA de la Municipalidad y disponen su adecuación a la Ley Marco

de Licencia Funcionamiento 397370

MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO

Ordenanza N° 087-2008/MDSB.- Aprueban Régimen de Aplicación de Sanciones y su escala de multas por infracciones a las disposiciones municipales 397371

Res. N° 083-2009-OS/CD.- Proyecto de resolución que aprueba el “Procedimiento para la toma de registros de distancias de seguridad en la construcción de ductos de

gas natural y de líquidos de gas natural" 397375

SEPARATA ESPECIAL

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA

Ordenanza N° 00037/MDSA.- Conforman Comité Electoral para elección de representantes de la Sociedad Civil para el Consejo de Coordinación del distrito de Santa Anita y convocan a Elecciones Distritales 397372

R.M. N° 161 -2009-VIVIENDA.- Reglamento Operativo

Kara Acceder al Bono Familiar Habitacional para las lodalidades de Aplicación de Construcción en Sitio

Propio y Mejoramiento de Vivienda"

397320

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 29376

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE SUSPENDE LA APLICACION DE LOS DECRETOS LEGISLATIVOS NÚMS. 1090 Y1064

Articulo 1°.- Suspensión de la vigencia

Suspéndese la aplicación del Decreto Legislativo N° 1090, que aprueba la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sus normas modificatorias y su Reglamento; y el Decreto Legislativo N° 1064, que aprueba el Régimen Jurídico para el Aprovechamiento de las Tierras de Uso Agrario.

Articulo 2°.- Restitución de la Ley N° 27308

Dase fuerza de ley y restitúyese el texto de la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sus modificatonas y demás normas complementarias, y restitúyese su Reglamento.

Articulo 3°.- Restitución de la Ley N° 26505 y del Decreto Legislativo N° 653

Dase fuerza de ley y restitúyese el texto de la Ley N° 26505, Ley de la Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas, sus modificatorias y demás normas complementarias, y restitúyese su Reglamento.

Asimismo, dase fuerza de ley y restitúyese la vigencia de los Títulos I, II, III, IV y la sétima disposición complementaria del Decreto Legislativo N° 653, Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario, y restitúyese plenamente su Reglamento.

Articulo 4°.- Precisión de funciones del que fue el Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena)

Precísase que las funciones otorgadas por la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, al que fue el Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena) son ejercidas por el Ministerio de Agricultura o los gobiernos regionales dentro del marco de sus competencias.

Comunicase al señor Presidente de la República para su promulgación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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