Tipo de Norma: Ley
Número: 29223
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29223371808 NORMAS LEGALES
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1 ORGANISMOS AUTONOMOS 1
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
J INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Res. N° 369-2008-OS/CD.- Aprueban Bases Integradas para la Cuarta Convocatoria a Licitacióin de Suministro de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de
Distribución Consorcio Eléctrico Villacurí S.A.C. 371841
Res. N° 022-2008-BCRP.- Autorizan viaje de funcionario para participar en reunión a realizarse en EE.UU.
371835
I GOBIERNOS REGIONALES |
DEFENSORIA DEL PUEBLO
rn
GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Res. N° 11-2008/DP.- Aprueban Informe Defensorial N° 134 “La Salud de las Comunidades Nativas: Un reto
para el Estado” 371836
T3
Ordenanza N° 029-2008-CR-GRH.- Aprueban ejecución del Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo
Regional 2009 del Gobierno Regional de Huánuco 371842
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
1 GOBIERNOS LOCALES 1
R.J. N° 210-2008-JNAC/RENIEC.- Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública
371839
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
D.A. N° 000005-2008/MDSJM-A.- Prorrogan fecha de vencimiento para pagos de primeras cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2008 371843
MINISTERIO PUBLICO
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
RR. N°s. 535 y 536-2008-M P-FN.- Modifican denominación de fiscalía provincial y nombran fiscales en los distritos
Acuerdo N° 030-2008/MVMT.- Aprueban el Plan de Promoción de la Inversión Privada 371843
judiciales de Lima y Huaura 371840
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
PROVINCIAS
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
R.J. N° 133-2008-INEI.- Designan Director Técnico I de la Oficina Técnica de Difusión 37184'1
MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Ordenanza N° 002-2008-CDB.- Prohíben instalación de rejas en la vía pública y aprueban reglamento para la instalación de plumas levadizas y casetas de seguridad
371844
J
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N° 29223
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 29137, LEY QUE APRUEBA LOS TÉRMINOS DE CONTINUACIÓN DEL PROGRAMA DE HOMOLOGACIÓN DE LOS DOCENTES DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS
Artículo 1°.- Objeto de la LeyPrecísase que los términos de continuación del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades Públicas, aprobado mediante la Ley N° 29137, garantizan la continuación de dicho Programa a partir del mes de junio del año 2007, conforme lo disponen la Décima Tercera
Disposición Final de la Ley N° 29035, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, y la Ley N° 29070, Ley que fija el porcentaje complementario para la aplicación de la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035.
Artículo 2°.- Del pago del incrementoAutorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a disponer el pago del incremento en los ingresos de los docentes de las universidades públicas, por el período comprendido entre el 1 de junio y el 27 de noviembre de 2007, conforme a los montos establecidos en el Anexo 1 de la Ley N° 29137, Ley que aprueba los términos de continuación del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades Públicas.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión de la Comisión Permanente realizada el día diecinueve de diciembre de dos mil siete, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108° de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, al uno de mayo de dos mil ocho.
LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE
Presidente del Congreso de la República
ALDO ESTRADA CHOQUE
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
196543-1(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.