Tipo de Norma: Ley
Número: 2915
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02915LEY N.° 2915
Aumentando d dos el número de Escribanos adscritos al juzgado del Crimen del Cerro de Pasco
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Auméntase á dos el número de escribanos adscritos al juzgado del crimen del Cerro de Pasco, los que disfrutarán del haber mensual de ocho libras peruanas de oro cada uno.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veintinueve díasdel mes de noviembre de mil novecientos
diez v ocho.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.