Ley Nº 29116

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Tipo de Norma: Ley

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 29116

El Peruano

lima, martes 30 de octubre de 2007

# NORMAS LEGALES

356253

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 29 de octubre de 2007.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros

126150*9

RESOLUCION LEGISLATIVA

N° 29116

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSION DE GRACIA A DOÑA MARIA ISABEL MI NAYA GÓMEZ, DESTACADA CANTANTE Y COMPOSITORA DE LA MÚSICA FOLCLÓRICA PERUANA, CONOCIDA CON EL NOMBRE DE "FLOR DE LA OROYA"

Artículo 1°.- Del objeto de la Resolución Legislativa

Concédase pensión de gracia a doña Marfa Isabel Minaya Gómez, ascendente a Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 000) mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado.

Artículo 2°.- De la naturaleza

La pensión de gracia a que se refiere el artículo Io es personal, intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.

Artículo 3°.* Del cumplimiento

El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efectuarse las acciones administrativas con cargo a su presupuesto institucional, aprobado por la Ley N° 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, sin generar demanda de recursos adicionales al Tesoro Público y de acuerdo cotí las normas presupuestarias vigentes.

Artículo 4°.- De la vigencia

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil siete.

LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE

Presidente del Congreso de la República

CARLOS TORRES CARO

Tercer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE

LA REPÚBLICA

Lima, 29 de octubre de 2007

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ

Presidente del Consejo de Ministros

126150-10

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N° 29117

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DOÑA HAYDEÉ HOYLE DE VALDERRAMA, CÓNYUGE DEL AFAMADO COMPOSITOR NACIONAL CARLOS VALDERRAMA HERRERA

Artículo Ia.- Del objeto de la Resolución Legislativa

Concédase pensión de gracia a doña Haydeé Hoyle de Valderrama, ascendente a Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 000) mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado.

Artículo 2a.- De la naturaleza

La pensión de gracia a que se refiere el artículo Io es personal, intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.

Artículo 3e.- Del cumplimiento

El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efectuarse las acciones administrativas con cargo a su presupuesto institucional, aprobado por la Ley N° 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, sin generar demanda de recursos adicionales al Tesoro Público y de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes.

Artículo 4°.- De la vigencia

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintisiete dias del mes de octubre de dos mil siete.

LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE

Presidente del Congreso de la República

CARLOS TORRES CARO

Tercer Vicepresidente de! Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE

LA REPÚBLICA

Lima, 29 de octubre de 2007

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ

Presidente del Consejo de Ministros

126150-11

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N°29118

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DON GUILLERMO RIOFRÍO MORALES, DESTACADO MÚSICO, COMPOSITOR, PINTOR ARTÍSTICO, POETA E INVESTIGADOR FOLCLÓRICO DE LA MÚSICA PERUANA

Artículo 1°.- Del objeto de la Resolución Legislativa

Concédase pensión de gracia al señor Guillermo Riofrío Morales, ascendente a Mil y 00/100 Nuevos



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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