Ley Nº 29079

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 29079

352324

<$ NORMAS LEGALES

El Peruano

Lima, miércoles 29 de agosto de 2007

DEPARTAMENTO

MUNICIPALIDADES DECURADAS EN EMERGENCIA

DISTRITOS

UMA

Municipalidad Distrital de San Antonio

Municipalidad Distrital de San Luis

Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores

Municipalidad Distrital de Zuñiga

16

Municipalidad Provincial de Yauyos

Municipalidad Distrital de Yauyos

Municipalidad Distrital de Afis

Municipalidad Distrital de Ayauca

Municipalidad Distrital de Ayaviri

Municipalidad Distrital de Azangaro

Municipalidad Distrital de Cacra

Municipalidad Distrital de Carania

Municipalidad Distrital de Catahuasi

Municipalidad Distrital de Chocos

Municipalidad Distrital de Cochas

Municipalidad Distrital de Colonia

Municipalidad Distrital de Hongos

Municipalidad Distrital de Huampara

Municipalidad Distrital de Huanec

Municipalidad Distrital de Huancaya

Municipalidad Distrital de Huangascar

Municipalidad Distrital de Huantan

Municipalidad Distrital de Laraos

Municipalidad Distrital de Lincha

Municipalidad Distrital de Madean

Municipalidad Distrital de Mirafiores

Municipalidad Distrital de Omas

Municipalidad Distrital de Putinz

Municipalidad Distrital de Quinches

Municipalidad Distrital de Quinocay

Municipalidad Distrital de San Joaquín

Municipalidad Distrital de San Pedro de Pilas

Municipalidad Distrital de Tanta

Municipalidad Distrital de Tauripampa

Municipalidad Distrital de Tomas

Municipalidad Distrital de Tupe

Municipalidad Distrital de Vmac+D163+D163

Municipalidad Distrital de Vitis

Subtotal

33

Total Departamento de Lima

49

TOTAL MUNICIPALIDADES DECLARADAS EN EMERGENCIA

122

102279-1

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N°29079

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL ENTRE LOS DIAS 5 Y10 DE SETIEMBRE DE 2007

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102° inciso 9) y 113° inciso 4) de

la Constitución Política del Perú; en el artículo 76° inciso j) del Reglamento del Congreso; y en la Ley N° 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional entre los días 5 y 10 de setiembre del presente año Esta autorización se realiza con el objeto de que el señor Presidente participe en la XV Reunión de Líderes del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífico (APEC), la Cumbre Empresarial y el Diálogo del Consejo Asesor Empresarial del APEC con los Líderes del Foro; estos se llevarán a cabo en la ciudad de Sydney, Mancomunidad de Australia y en ellos se impulsarán estrategias para alentar una mayor integración económica en la región Asia Pacífico; se enfocarán medidas políticas y estructurales para incrementar el dinamismo de las economías de la región; se impulsará la revitalízación de los procesos e instituciones del APEC; y se evaluará el proceso de admisión de nuevos miembros, entre otros. Asimismo, en esta ocasión el señor Presidente de la República recibirá la Presidencia del APEC para nuestro país para el año 2008, correspondíéndole al Perú organizar la XVI Cumbre de Líderes, y las reuniones ministeriales y de altos funcionarios del Foro.

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil siete.

LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE

Presidente del Congreso de la República

ALDO ESTRADA CHOQUE

Primer Vicepresidente del

Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE

LA REPÚBLICA

Lima, 28 de agosto de 2007

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ

Presidente del Consejo de Ministros

102279-2

PODER EJECUTIVO

DECRETOS DE URGENCIA

DECRETO DE URGENCIA N° 029-2007

ACEPTAN DONACIÓN DEL GOBIERNO DEL JAPÓN PARA ATENDER NECESIDADES DEL SECTOR EDUCACIÓN ORIGINADAS POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DE 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia de los sismos ocurridos el día 15 de agosto de 2007, se ha producido la destrucción y deterioro de viviendas, y otras edificaciones, de los servicios públicos y de la infraestructura educativa, ocasionando graves perjuicios a la población, con lamentables pérdidas de vidas humanas y numerosos heridos, motivo por el cual mediante Decreto Supremo N° 068-2007-PCM y ampliatorias se ha declarado en Estado de Emergencia a las zonas afectadas por el referido desastre natural;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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