Ley Nº 2901

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2901


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 02901

Res. Leg. N.° 2901

Reconocimiento de servicios

á. don

Ricardo Boza y Aizcorbe

Lima, 25 de noviembre de 1918.

Señor Presidente:

El Congreso ha resuelto reconocer de abono al doctor Ricardo Boza y Aizcor-be los veintiún años, tres meses, seis dias de servicios que ha prestado á la Nación basta el 31 de julio del presente año, y flue tiene derecho á los goces de cesantía, jubilación y montepío conforme á las leyes y resoluciones vigentes.

Lo comunicamos á Ud., para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á Ud.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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