Ley Nº 28978

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 28978

339422

<$ NORMAS LEGALES

El Peruano

Lima, sábado 10 de febrero de 2007

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 28978

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL LA CONCLUSION DE LA EJECUCIÓN DEL EJE VIAL AMAZONAS CENTRO - CARRETERA FEDERICO BASADRE, LA REHABILITACIÓN DEL TERMINAL PORTUARIO DE PUCALLPA Y EL MANTENIMIENTO DE LA HIDROVÍA DEL RlO UCAYAU

Artículo 1°.- Objeto de la Ley

Declárase de necesidad pública y de preferente interés nacional la conclusión de la ejecución a nivel de asfaltado, de la Carretera Federico Basadre, que permita integrar a las Regiones Ucayali, Loreto, San Martín, Huánuco, Pasco y Junín con los corredores viales y demás ejes económicos del país y, la Rehabilitación del Puerto de Pucallpa y el Mantenimiento de la Hidrovía del Río Ucayali, facilitando con ello mejores condiciones para el crecimiento económico general de la amazonia y del país.

Artículo 2°.- Autoriza a dictar normas complementarias

Autorízase al Poder Ejecutivo para que en coordinación con el gobierno regional pertinente, se dicten las normas complementarias y presupuestarias, a fin de lograr la ejecución de las obras señaladas en el articulo Io, mediante la modalidad de concesión o vía crédito externo, autorizándose asimismo, a que se otorgue la contrapartida presupuestaria nacional, según los requerimientos del Proyecto.

Artículo 3°.- Vigencia de la Ley

La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de enero de dos mil siete.

MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República

JOSÉ VEGA ANTONIO Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros

26158-1

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Aprueban Plan de Transferencia Sectorial 2007 de la Presidencia del Consejo de Ministros

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 044-2007-PCM

Lima, 7 de febrero de 2007

Vistos los Memorándums N°s. 023 y 042-2007-PCM/ OPP, de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial N° 478-2002-PCM, se constituyó la Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Nacional de Descentralización - CND, encargada de realizar las coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, conforme a lo establecido por la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización;

Que en cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 83° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Sétima Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales, las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional deben presentar al Consejo Nacional de Descentralización sus planes anuales de transferencia;

Que por Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005, se aprobó la Directiva N° 005-CND-P-2005, “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, la que ha dispuesto en el numeral 11.3 b. que el Plan de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial;

Que el Decreto Supremo N° 068-2006-PCM ha establecido culminar la transferencia de funciones del nivel nacional a los Gobiernos Regionales el 31 de diciembre de 2007;

Que el Decreto Supremo N° 007-2007-PCM ha dispuesto la fusión por absorción del Consejo Nacional de Descentralización y la Presidencia del Consejo de Ministros, siendo la PCM la Entidad incorporante y por tanto la que asumirá las competencias, funciones y atribuciones del Consejo Nacional de Descentralización - CND;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo Io.-Aprobar el Plan de Transferencia Sectorial 2007 de la Presidencia del Consejo de Ministros, presentado por la Comisión Sectorial de Transferencia, que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2o.- Remitir a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Plan de Transferencia Sectorial 2007, aprobado en el artículo anterior.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ

Presidente del Consejo de Ministros

25307-1

Constituyen Comisión Multisectorial encargada de elaborar el Proyecto de Reglamento de la Ley del Trabajo del Biólogo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 045-2007-PCM

Lima, 8 de febrero de 2007



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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