Ley Nº 28893

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 28893

El Peruano

jueves 19 de octubre de 2006

PROVINCIAS

330797

@NORMAS LEGALES

GOBIERNOS IOCRL6S

MUNICIPALIDAD DE BREÑA

Ordenanza N° 220-2Ü06-MDB.- Regulan aspectos técnicos y administrativos que norman la actividad de transporte y carga en vehículos menores y modifican el Reglamento de Servicio Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores 330840

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO

Ordenanza N° 109-2006-MDC.- Regulan otorgamiento de autorizaciones para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda política en el distrito 330842 Acuerdo N° 033-2006-A/MDC.- Exoneran de proceso de selección la contratación de suministro de combustible por situación de desabastecimiento inminente 330844

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA

Ordenanza N° 192-MJM.- Aprueban Sistema Local de Gestión Ambiental 330846

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA

Ordenanza N° 021-2006-CDB.- Prorrogan vencimiento de plazo para acogerse a los beneficios establecidos en las Ordenanzas N°s. 014 y 018-2006-CDB 330851

R.A. N° 102-2006-MDB-AL.- Autorizan viaje de representante de la Municipalidad a España para participar en el II Curso de Pasantía para Alumnos Municipalistas Iberoamericanos

330851

Fe de Erratas Acuerdo N° 035-2006-CDB 330852

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA

Acuerdo N° 001/ S. E. 017-2006/MPH.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de área de terreno para el Proyecto del Relleno Sanitario de la Municipalidad

330852

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAMANCACA CHICO

D.A. N° 021-2006.- Prorrogan plazo para pago de Arbitrios Municipales correspondientes a los ejercicios 2004 y 2005

330847

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

Ordenanza N° 245.- Determinan montos por arbitrios municipales del año 2007 330847

Ordenanza N” 246.- Fijan montos por emisión, determinación y distribución de tributos para el Ejercicio 2007

330850

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Fe de Erratas Ordenanza N° 167-MSI 330850

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PODER 16GISIRTIVOCONGRESO DE LA REPUBLICARESOLUCIÓN LEGISLATIVAN228893

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZAEL INGRESO DE PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA

Artículo único.- Objeto de la Resolución Legislativa

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 8) del artículo 102° de la Constitución Política del Perú y el artículo 3o de la Ley N° 27856, ha resuelto acceder a la petición presentada por el señor Presidente Constitucional de la República, que cuenta con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y, en consecuencia, autorizar el ingreso al territorio nacional de personal militar de los Estados Unidos de América, del 20 de octubre al 31 de diciembre de 2006, para realizar un entrenamiento de despliegue contra Narcoterrorismo (CNT-006W) con personal de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo a las

Ordenanza N° 06-2006-MHCH/CM.- Aprueban Plan de Desarrollo Urbano 2006-2011, así como Diagnóstico y Memoria Descriptiva 330854

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R.M. N° 358-2006-VIVIENDA.- Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional 330771

y

especificaciones que como Anexos A (Identificación del personal militar), B (Relación de Armas) y C (Relación de Equipo Transeúnte) forman parte integrante de la presente Resolución Legislativa, en vista de que no afecta en forma alguna la soberanía nacional, ni constituye instalación de bases militares.

La presente Resolución Legislativa no irroga gasto alguno al Estado.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil seis.

MERCEDES C ABAN ILLAS BUSTAMANTE

Presidenta del Congreso de la República

JOSÉ VEGA ANTONIO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE

LA REPÚBLICA

Lima, 18 de octubre de 2006

Cúmplase,comuniqúese,regístrese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ

Presidente del Consejo de Ministros



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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