Tipo de Norma: Ley
Número: 28706
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28706Pág. 316492
Lima, lunes 10 de abril de 2006
POD6R lÉGISUTTIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA
N2 28706
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBUCA A SAUR DEL TERRITORIO NACIONAL ENTRE LOS DÍAS 11Y
14 DE ABRIL DE 2006
El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102° numeral 9) y 113° numeral 4) de la Constitución Política, en el artículo 76° inciso j) del Reglamento del Congreso y en la Ley N° 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional entre los días 11 y 14 de abril del presente año, con el objeto de cumplir actividades de la Agenda Presidencial Internacional en las ciudades de Washington D.C. y San Diego (California), Estados Unidos de América.
La presente Resolución Legislativa entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diez días del mes de abril de dos mil seis.
MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO
Presidente del Congreso de la República
FAUSTO ALVARADO DODERO
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, del 10 al 14 de abril de 2006, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO, viajará a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, a fin de sostener reuniones de trabajo vinculadas al Tratado de Libre Comercio - TLC;
Que, conforme al artículo 2o de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Titular de este Sector dirige las negociaciones comerciales internacionales del Estado, en el ámbito de su competencia;
De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127° de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo N° 560, las Leyes N°s. 27790 y 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Articulo Io.- Autorizar el viaje del señor ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Washington D.C., Estados Únidos de Norteamérica, del 10 al 14 de abril de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2o.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes : US$ 2 700,00
Viáticos : US$ 1 320,00
Tarifa CORPAC : US$ 30,25
Artículo 3o.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor FERNANDO ZAVALA LOMBARDI, Ministro de Economía y Finanzas, a partir del 10 de abril de 2006 y en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
Articulo 5o.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
Rúbrica de! Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
06469
Lima, 10 de abril de 2006
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros
06474
POD6R 06CUTIVO
PCM
Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a EE.UU. para participar en reuniones de trabajo vinculadas al TLC y encargan su Despacho al Ministro de Economía y Finanzas
Autorizan viaje del Ministro de la Producción a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Educación
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 102-2006-PCM
Lima, 8 de abril del 2006
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 101-2006-PCM
Lima, 8 de abril de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el 3 de mayo de 2004, el Gobierno de los Estados Unidos de América anunció formalmente la inclusión de
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.