Ley Nº 28548

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 28548

Pág. 294790

Lima, viernes 17 de junio de 2005

Acuerdo N° 000060-2005/MDSJM.- Autorizan a procurador iniciar o impulsar acciones judiciales contra ex regidores de la municipalidad a fin de recuperar monto de dinero indebidamente cobrado 294862

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

D.A. N° 07-2005-MSS.- Aprueban Reglamento de Administración y Funciones del Cementerio Municipal294864

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANUA

294863

Acuerdo N° 014-2005-MDSA.- Autorizan a procurador interponer denuncia penal a presunto responsable de la comisión de delitos contra la fe pública y la administración pública 294863

Acuerdo N" 017-2005-MDSA.- Autorizan viaje de Alcalde a EE.UU. para asistir a la Undécima Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales

PROVINCIASMUNICIPALIDAD DE VENTANILLA

Ordenanza N° 043-2005/MDV.- Amplían plazo de Beneficio de Amnistía Tributaria y Administrativa otorgado mediante la Ordenanza N° 037-MDV 294866

DATOS TÉCNICOS

POD€R LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

El Buque ARA “GALEANA" (F-202) Clase “BRAVO" de la Armada de México, cuenta con las siguientes características:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N° 28548

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DEL BUQUE ARM “GALEANA” (F-202) CLASE “BRAVO”, DE LA ARMADA DE MÉXICO AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA

Artículo único.- Objetivo de la Resolución Legislativa

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 8) del artículo 102° de la Constitución Política del Perú y el artículo 3o de la Ley N° 27856, ha resuelto acceder a la petición presentada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, consentir el ingreso al territorio nacional de tropas extranjeras, con armas, a bordo del Buque ARM “GALEANA" (F-202) Clase “BRAVO” de la Armada de México, del 17 al 24 de junio de 2005, con la finalidad de realizar una Visita Oficial al Puerto del Callao, en vista de que no afecta en forma alguna la soberanía nacional, ni constituye instalación de bases militares y de acuerdo a las especificaciones que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Legislativa.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los quince dias del mes de junio de dos mil cinco.

ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.

Presidente del Congreso de la República

NATALEAMPRIMO PLÁ

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Lima, 16 de junio de 2005

Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO

Presidente del Consejo de Ministros

NÚMERO DE CASCO

F-202.

INDICATIVO DE LLAMADA

XCZV.

TIPO DE BUQUE

FRAGATA.

CLASE

BRAVO.

TRIPULACIÓN

♦ DOTACIÓN: 4 CAPITANES, 21 OFICIALES, 71 CLASES Y 22 MARINEROS.

♦ TRANSPORTE DE LA HEROICA ESCUELA NAVAL MILITAR: 1 CAPITÁN, 2 OFICIALES, 108 CADETES Y 9 CLASES Y MARINERIA.

♦ FUERZA DE REACCIÓN RÁPIDA ANFIBIA (P.N.):1 OFICIAL, 3 CLASES Y 6 MARINEROS.

DESPLAZAMIENTO

2,650 TONELADAS.

ESLORA

112.40 METROS.

MANGA

12.27 METROS.

PUNTAL

8.55 METROS.

CALADO

3.97 METROS.

ARMAMENTO

• CAÑONES Y MONTAJES:

1 DE 3"50 CAL. MK-33.

1 DIRECTOR DE TIRO MK-56.

• ARMAS ANTISUBMARINAS:

1 ASROCMK-112.

1 TUBO LANZA TORPEDOS MK-32 MODELO 7.

SISTEMAS

ELECTRÓNICOS

• 1 RADAR DE SUPERFICIE: MCA AN/ SPS-10 MODELO F.

• 1 RADAR DE SUPERFICIE: MCA KELVIN HUGHES, MODELO NUCLEUS 5000 A.

• 1 RADAR AÉREO: AN/SPS-400.

• 1 RADAR DUAL: AN/SPS-64.16 RAYCAS.

• 1 RADAR SECUNDARIO (IFF) MCA. AN/ UPX-27, AN/URA-59B, MODELO V.

EQUIPOS DE COMUNICACIÓN

* 1 MULTIBANDARX BANDA “LT/MF/HF. TADIRAN TAD-6000.

♦ 1HFTXRXHFTADIRANGRC-6400V(B).

• 1 HFTXRXHFTADIRANVRC-6100V(B).

• 1 HFTXRX HF TRANSWORLD RT-7000.

♦ DATOS TXRX DATOS SIN MARCA SM PCE.

• 1 VHF TXRX VHF B.M. ICOM. IC-M125.

* 1VHFTXRXVHF B.M. W.T. ICOM IC-M15.

* 1 VHF TXRX VHF B.A. SIN MARCA T/ 1108.

♦ 1 UHFTXRXUHFPHOENIXBT-108.

• 1 L BANDA “L". SIN MARCA. SIN MODELO.

• 1 MULTIBANDATRIMBBANDA“L”E SIN MARCA, SIN MODELO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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