Tipo de Norma: Ley
Número: 28258
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28258Lima, jueves 24 de junio de 2004
€1 Peruano
Pág. 271213GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Res. N° 352-2004-GR.LAMB/PR.- Autorizan ejecutar obras y actividades de rehabilitación en el Sector Agricultura, mediante proceso de adjudicación de menor cuantía 271246
GOBI6RNOS LOCfiLES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza N° 642.- Suspenden primera disposición final de la Ordenanza N° 210-MML relativa al Reglamento que regula la publicidad exterior en la provincia de Lima 271247
Ordenanza N° 643.- Rectifican la Ordenanza N° 630 referente al plano de zonificación general de usos del suelo de Lima Metropolitana a mediano plazo, correspondiente al distrito de San Isidro 271247
Acuerdo N° 037.- Modifican Acuerdo N° 322 referente a donación para el proyecto Ópera Joven del Centro de Artes Escénicas 271248
Directiva N° 001-006-00000001.- Aprueban Directiva sobre
determinación de costos de los servicios y procedimientos administrativos que dan origen a tributos para efectos de la ratificación de Ordenanzas Municipales Distritales 271248
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
D.A. N° 008-2004-MDB.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 192-MDB, que estableció beneficio especial para contribuyentes con deudas por arbitrios 271260
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Ordenanza N° 115-MDL.- Modifican el Reglamento de Organización y Funciones, Estructura Orgánica y Manual de Organización y Funciones 271261
Ordenanza N° 116-MDL.-Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría Pública Municipal del distrito de Lince 271262
V
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MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
D.A. N° 0009-2004-MDR.- Conforman Comité Multisectorial de Prevención del Consumo de Drogas y la Violencia Callejera
271262
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Ordenanza N° 000015-2004/MDSJM.- Aprueban Ordenanza que regula el otorgamiento de la licencia municipal de funcionamiento 271263
Acuerdo N° 000061-2004/MDSJM.- Declaran en situación de urgencia la contratación de servicios de disposición final de residuos sólidos 271266
R.A. N° 000262.-Aprueban segunda inclusión de procesos que modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad 271267
R.A. N° 000276.- Sancionan con destitución y cese temporal a ex funcionarios de la municipalidad 271268
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS
R.A. N° 054-A-MPM-2004.- Aprueban medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto de la municipalidad provincial 271273
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DETRUJILLO
R.A. N° 1016-2004-MPT.- Aprueban segunda modificatoria del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2004 271273
MUNICIPALIDAD DISTRITAL QUISHUAR -TAYACAJA
R.A. N° 009-2004-MDQ-A.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004 271274
J
POD€ñ LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICALEY N9 28258EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE REGALÍA MINERAArtículo 1°.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto establecer la regalía minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización.
Artículo 2°.- Definición de regalía minera
La regalía minera es la contraprestación económica que los titulares de las concesiones mineras pagan al
Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos.
Artículo 3°.- Constitución de regalía minera
La regalía minera será pagada sobre el valor del concentrado o su equivalente, conforme a la cotización de los precios del mercado internacional.
Artículo 4°.- Determinación de la regalía minera
4.1 La regalía minera se determinará mensualmente aplicando lo establecido en los artículos 3o y 5o de la presente Ley.
4.2 En el caso de las empresas integradas que transformen sus propios productos después del proceso de concentración de las partes valiosas de un agregado de minerales, la base de cálculo se obtendrá restando al valor bruto de venta del producto final los costos de tratamiento hasta llegar al valor de concentrado o su equivalente a su valor de mercado debidamente justificado.
Artículo 5°.- Rangos para el pago de regalía minera
Los rangos para el pago de regalía minera es sobre el valor de concentrado o su equivalente:
a) Primer rango: hasta US$ 60 (sesenta) millones de dólares anuales paga el 1% (uno por ciento).
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.