Ley Nº 2821

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2821


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 02821

LEY N 2821

Creando la plaza de amanuense en la

Agencia Fiscal de Arequipa.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

Ha dado la lev siguiente:

Artículo único. — Créase la plaza de amanuense en la Agencia Fiscal de Arequipa, con el haber mensual de seis libras peruanas de oro.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

HqHq pn la sala del Congreso, en Li-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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