Ley Nº 28200

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 28200

Lima, viernes 2 de abril de 2004

NORMAS LEGALES

I <E1 Peruano p¿g. 265909

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

PROVINCIAS

Ordenanza N° 148.- Aprueban Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la municipalidad 265952

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

Fe de Erratas Acuerdo de Concejo N° 026-2004 265967

Fe de Erratas R.A. N° 197-2004-AL-MDSMP 265967

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

R.A. N° 122-2004-MDSM.- Declaran nulidad parcial de adjudicación de menor cuantía convocada para la "Contratación de un Experto para la Asesoría del Comité Especial Permanente en materia de Adquisiciones y Contrataciones" 265967

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANUA

Acuerdo N° 015-2004-MDSA.- Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presunta responsable de los delitos de peculado y malversación de bienes en agravio de la municipalidad 265968

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

Fe de Erratas Anexo - Ordenanza N° 181-MSS 265969

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR

Ordenanza N° 080-MVES.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 077-MVES, que estableció beneficio tributario a favor de contribuyentes del distrito 265975

V

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUPACA

R.A. N° 118-2004-MPCH-A.- Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones - Ejercicio Fiscal 2004, tanto del programa de funcionamiento como de inversiones 265975

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SECHURA

R.A. N° 093-2004-MPS-A.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004 265976

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARIANO MELGAR

R.A. N° 026-2004-MDMM-A.- Declaran infundado recurso de apelación interpuesto por servidor contra la Resolución N° 020-2004-GM-MDMM-A, que le impuso sanción disciplinaria de destitución 265976

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMATA

R.A. N° 024-2004-MDP.- Declaran nulidad de la Licitación Pública N° 001-2004-MDP 265977

)

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N° 28200

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A HIJO DEL HÉROE TENIENTE CORONEL E.P. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI SALDAÑA

Artículo 1°.- Objeto de la Resolución

Concédese Pensión de Gracia al señor VIRGILIO HORACIO SAGASTI MILLER, ascendente a novecientos veinte y 00/100 Nuevos Soles mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado.

Artículo 2°.- De la Naturaleza

La Pensión de Gracia a que se refiere el artículo precedente es personal, intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.

Artículo 3°.- Del Cumplimiento

El Ministerio de Defensa queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efectuarse las acciones administrativas de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes y exclusivamente con cargo al presupuesto institucional del referido Ministerio; sin demandar recursos adicionales al Sector Público.

Artículo 4°.- De la Vigencia

La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los once días del mes de marzo de dos mil cuatro.

HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República

MARCIANO RENGIFO RUIZ PrímerVicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 1 de abril de 2004

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros

06619

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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