Tipo de Norma: Ley
Número: 2743
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02743LEY N.° 2743
Prorrogando para el mes
de mayo el Presupuesto que rigió
en 1917
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los diez y seis días del mes de mayo de mil novecientos diez y ocho.
J. C. Bernales, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.— Andrés Vivanco, Pro-Secretan o del Senado. -Luis A. Carrillo, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Prorrógase por un doceavo más, para el presente mes, el Presupuesto General de la República, que rigió el año de 1917.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los diez y siete días del mes de mayo de mil novecientos diez y ocho.
José Pardo.
FTíldela, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.—S. Sayán, Ministro de Gobierno y Policía. —R- L. Flórez, Ministro de Justicia, Culto, Instrucción y Beneficencia.—C. A. de la Fuente, Ministro de Guerra y Marina. —Víctor M. Maúrtua, Ministro de Hacienda y Comercio.—Clemente J. Revilla, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.