Tipo de Norma: Ley
Número: 2742
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02742LEY N.° 2742
Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la lev
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siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1.®—Suprímase del pliego ordinario del Presupuesto General de la República } las siguientes partidas:
Partida
Al mes Al año
3003b—Para un oficial l9 de la Oficialía Mayor.. 3003 c—Para un auxiliar encargado de la clave. 3008 —Para un a-manucnse encargado de la mesa departes 3025 —Para la cuota anual á las oficinas de las informaciones de los Estados Unidos............
20.0.00
10.0.00
8.0.00
240.0. 00
120.0. 00
96.0.00
30.0.00
360.0.00
3026 —Para la sus-crición en Bruselas al servicio de publicaciones de tarifas aduaneras.
3027 —Para la sus-
crición á la Convención te-legráfica en Budapest y á la publicación de tratados en Bruselas.........
' 3028a—Para la cuota anual del Perú á la Convención azucarera de Bruse-1 as
3028b—Para la cuota anual del Perú á la Convención del metro..................
3028 e—Para la sus-
crición á la U-nión Ibero—A-mericana........
6.2.50 75.0.00
2.3.33 2S.0.00
11.6.66 140.0.00
6.9.83 83.8.00
16.6.66 200.0.00
Artículo 2.c—Rebájanse en las cantidades que se indican á continuación las partidas del pliego ordinario del Presupuesto General de la República, que en seguida se expresan:
Fn rtida
Al mes Al año
3024 —Para reservados del Ramo.................155.0.00 1860.0.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.