Ley Nº 27375

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 27375

Tipo de Norma: Ley

Número: 27375


Visualización de la norma: Ley 27375



Descargar Ley 27375 en PDF -

documento PDF

 27375

i i r* ft

DIARIO OFICIAL

etuano

Fundado en 1825 ^por el Libertador Simón Bolívar

Normas Legales

http://www.editoraperu.com.pe

Director: Manuel Jesús Orbegozo

"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"

Lima, martes 5 de diciembre de 2000

ANO XVIII - N° 7470

Pág. 195591

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

LEY N° 27375

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCUL0115“ DE LA CONSTITUCIÓNPOLÍTICA DEL PERÚ

Artículo Único.- Interpretación del Artículo 115° de la Constitución

Interprétase que el mandato conferido por el Artículo 115o de la Constitución Política del Perú al Presidente del Congreso de la República para que asuma las funciones de Presidente de la República por impedimento permanente de este último y de los vicepresidentes no implica la vacancia de su cargo de Presidente del Congreso ni de su condición de Congresista de la República.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al primer día del mes de diciembre de dos mil.

FRANCISCO TUDELA VAN BREUGEL-DOUGLAS Congresista encargado de la Primera Vicepresidencia del Congreso de la República

PATRICIA DONAYRE PASQUEL

Congresista encargada de la Segunda Vicepresidencia

del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil.

VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República

JAVIER PERÉZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros

DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia

13843

PCM

Ratifican al Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú para el período 2001 - 2002

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 552 2000 PCM

Lima, 4 de diciembre de 2000

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 26 de noviembre del 2000 el Consejo de Oficiales Generales del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, convocado mediante Resolución Jefatu-ral N° 474-2000-CGBVP, ha procedido a la elección del Comandante General de la referida institución para el período 2001-2002;

Que, es pertinente ratificar al funcionario que desempeñará el indicado cargo;

De conformidad con las Leyes N°s. 27067, 27140 y 27227 y con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Ratificar al Brigadier General CGBVP Tulio Vicente Nicolini Ayarza, en el cargo de Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para el período 2001 - 2002.

Artículo 2o.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao

Presidente Constitucional de la República

JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR

Presidente del Consejo de Ministros

13845

AGRICULTURA

Amplían alcances de resolución que prohibió importaciones de bovinos vivos, productos y subproductos de origen ovino, caprino y bovino provenientes de diversos países europeos

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 209-2000 AG-SENASA

Lima, 1 de diciembre de 2000

VISTOS:

La Información Sanitaria N° 46 Vol. 13 de la Oficina Internacional de Epizootias, publicada el 24 de noviembre del 2000, en la que se reporta la ocurrencia de casos confirmados de Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB) en ganado bovino de la Comunidad Autónoma de Galicia del



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos