Ley Nº 2736

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2736


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 02736

Res. Leg. N.° 2736

Declarando que los títulos de deuda interna á que se refiere la ley No. 2713, serán firmados por el Ministro de Hacienda en ejercicio,

en la fecha en que se emitan

Lima, 18 de abril de 1918.

Señor Presidente:

*

El Congreso, absolviendo la consulta



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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