Ley Nº 27207

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 27207

DIARIO OFICIAL

Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe

"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

Lima, lunes 29 de noviembre de 1999 AÑO XVII - N° 7098 Pág. 180651

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 27207

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRORROGA EL PLAZO DE LOS BENEFICIOS PARA LA REPATRIACION DE MONEDA EXTRANJERA

Artículo 1°,- Objeto de la Ley

Prorrogase el plazo establecido en el Artículo Io de la Ley N° 27025 hasta el 31 de diciembre del año 2000.

Artículo 2°.- Requisitos

Para acceder al beneficio previsto en el artículo anterior, el ingreso de moneda extranjera deberá efectuarse a través del sistema financiero del país y bastará presentar el comprobante que otorga la entidad a través de la cual se realiza el ingreso.

Artículo 3V Exclusiones

No están comprendidos en los beneficios previstos en esta Ley, las responsabilidades de índole penal, por los dineros de procedencia delictuosa, ni libera de las sanciones que correspondan, en especial de las previstas en los Artículos 194°, 296°-A y 296°-B del Código Penal.

Artículo 4°.- De la derogatoria

Deróganse o déjanse sin efecto, según corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la República

LUIS DELGADO APARICIO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE

Presidente del Consejo de Ministros

EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER

Ministro de Economía y Finanzas

14824

PCM

Encargan Despacho de la Presidencia de la República al Primer Vicepresidente

RESOLUCION SUPREMA N° 629 99 PCM

Lima, 27 de noviembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, el señor Presidente de la República, Ing. Alberto Fujimori, viajará los días 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre de 1999 a la República de Chile, en Visita de Estado;

Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho Presidencial, mientras dure la ausencia del señor Presidente Constitucional de la República;

De conformidad con el segundo párrafo del Artículo 115o de la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República al Ing. Ricardo Márquez Flores, Primer Vicepresidente de la República, a partir del 29 de noviembre de 1999 y en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori

Presidente Constitucional de la República

ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE

Presidente del Consejo de Ministros

14826

Encargan la Cartera de Relaciones Exteriores al Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

RESOLUCION SUPREMA N° 630 99-PCM

Lima, 27 de noviembre de 1999

CONSIDERANDO:

Que, el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Fernando de Trazegnies Granda, se ausentará del país los días 29 y 30 de noviembre de 1999 como parte de la Comitiva Oficial que acompañará al señor Presidente de la República en su Visita de Estado a la República de Chile;

Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores en las fechas mencionadas;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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