Ley Nº 27198

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 27198

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DIARIO OFICIAL

mían

por el Libertador Simón Bolívar

Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe

"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

Lima, martes 9 de noviembre de 1999 AÑO XVII - N° 7078 Pág. 180071

CONGRESO DE LA REPUBLICARESOLUCION LEGISLATIVAN° 27198

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA LAS "ENMIENDAS A LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN FITOSANITARIA”

Artículo único.- Objeto de la resolución

Apruébanse las "Enmiendas a la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria", aprobadas por la Conferencia de la FAO en su 29° período de sesiones de noviembre de 1997, en virtud de la Resolución 12/97.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República

RICARDO MARCENARO FRERS

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 8 de noviembre de 1999.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquesey archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores

14049

PCMIncorporan miembros al Comité de Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao

RESOLUCION SUPREMA N° 588 99-PCM

Lima, 8 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 768-98-PCM se constituyó el Comité de Gestión de la iniciativa del Aire

Limpio para Lima y Callao que tiene por finalidad proponer los mecanismos de coordinación interinstitucional y los cambios normativos orientados a la mejora de la calidad del aire de Lima y Callao;

Que, el Artículo 5o de la citada Resolución señala que dicho Comité de Gestión podrá invitar a otros representantes de las entidades públicas o privadas para que lo integren;

Que, el citado Comité ha considerado conveniente invitar a otros representantes cuya presencia es necesaria para el cumplimiento de sus fines;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Incorporar dentro del Comité de Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao a los siguientes miembros:

- El Director General de Meteorología del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI.

- Un representante del Ministerio de Pesquería.

- El Director General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción.

Artículo 2o.- El Ministerio de Pesquería deberá acreditar a su representante dentro de los quince días de publicada la presente Resolución.

Artículo 3°.- Para el cumplimiento de sus fines, el Comité de Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao podrá solicitar el apoyo y la asesoría de organismos internacionales, agencias de gobiernos extranjeros, organizaciones no gubernamentales, así como otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que estime conveniente.

Artículo 4o.- El Comité de Gestión, en un plazo de 30 días elaborará su Reglamento de Organización y Funciones, el cual será aprobado mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 5o.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, el Ministro de Salud, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Pesquería, el Ministro de Defensa y el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República

ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones,

Vivienda y Construcción

ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud

JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas

CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería

CARLOS BERGAMINO CRUZ Ministro de Defensa

JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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