Ley Nº 2719

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 02719

Res. Leg. N°.2719

Premio pecuniario á las hijas del Teniente 2° de la Armada Nacional, don J. Benito Pitot

JOSÉ CARLOS BERNALES,

PRESIDENTE DEL CONGRESO.

J. C. Bernales, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.— Andrés Vivanco, Pro-Secretario del Senado.— Santiago D. Parodia Diputado Secre-tario.

Al Señor Presidente de la República.

observancia de lo dispuesto en el articulo 71 de la Constitución, mando se aprima, publique, circule y comunique

por cuanto: el Congreso ha dictado la resolución siguiente:

al Ministerio de Hacienda, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Lima, 28 de diciembre de 1917.

Casa del Congreso, en Lii dos días del mes de matzo de cientos diez y ocho.

a, á los til nove-

a, 9 de

Señor Presidente:

El Congreso, teniendo en cuenta los importantes servicios prestados al país por el Teniente 2Q de la Armada Nacional don José Benito Pitot, ha resuelto conceder á sus hijas, doña Jesús y doña Alejandrina Pitot, un premio pecuniario de trescientas libras peruanas de oro, que se consignará en el Presupuesto General de la República, si el estado de las rentas lo permite.

J. C. Bernales, Presidente del Congreso.

F. R. Lana tta, Secretario del Congreso.

Luis A. CarrUlo, Secretario del Congreso.

arzo de 1918.

Numérese, cúmplase y publíquese.

Arenas.

Lo comunicamos á usted para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á usted.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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