Ley Nº 27175

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 27175

DIARIO OFICIAL

Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe

"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

Lima, miércoles 22 de setiembre de 1999 AÑO XVII - N° 7030

Pág. 178419

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 27175

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA OCTAVA ENTRE LAS DOCE DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES DE LA LEY N° 26623

Artículo Único.- Modificación de la octava entre las doce disposiciones transitorias, complementarias y finales de la Ley N° 26623

Modifícase la octava entre las doce disposiciones transitorias, complementarias y finales de la Ley N° 26623, en los términos siguientes:

"Octava.- Los Vocales Supremos y Fiscales Supremos, cesan definitivamente al cumplir setenta y cinco años de edad. La incorporación o reincorporación sólo podrá hacerse hasta los sesenta años de edad, salvo el caso de los Magistrados Superiores Titulares en actividad."

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diez días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve.

MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República

LUIS DELGADO APARICIO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros

JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia

12117

PCM

Aprueban donaciones efectuadas a favor de organizaciones religiosas destinadas al apoyo de actividades que realizan en beneficio de poblaciones de escasos recursos

RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL

N° 111-99-PCM

Lima, 20 de setiembre de 1999

Visto el Expediente N° 5743-99 presentado por la Asociación Promotora de Apostolado - APRODEA, sobre aprobación de donación;

CONSIDERANDO;

Que mediante Certificado de Donación, legalizado por el Consulado del Perú en Miami, Thompson Intemational Ltda. Inc., con sede en Florida, Estados Unidos, efectúa la donación de un vehículo a favor de la Asociación Promotora de Apostolado - APRODEA;

Que según Conocimiento de Embarque N° MZOCAOJ-Y004002 de fecha 16 de junio de 1999, extendido por el Grupo Naviero Kano, S.A., se consigna que la mercadería donada ha sido embarcada en el Puerto Marítimo de Manzanillo, México, a bordo del vapor M/V ASTRO JYOJIN, con destino al Puerto Marítimo del Callao, Perú;

Que la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción ha comunicado mediante Oficio N° 1942-99-MTC/ 15.18 e Informe Técnico N° 095-99-MTC/15.18.05 recibidos el 9 de setiembre de 1999, que dicho vehículo se encuentra apto para transitar en las Rutas de la Red Vial Nacional, previa inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular;

Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por el Decreto Supremo N° 055-99-EF y Decreto Legislativo N° 809 respectivamente;

Que, en consecuencia, es procedente que la Presidencia del Consejo de Ministros apruebe la donación efectuada a favor de la Asociación Promotora de Apostolado - APRODEA;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 21942, Resolución Suprema N° 508-93-PCM, Decreto Supremo N° 055-99-EF, Decreto Legislativo N° 809, Decreto Legislativo N° 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 560, Decreto Supremo N° 041-94-PCM y Resolución Ministerial N° 039-96-PCM;

Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la donación efectuada por Thompson Intemational Ltda. Inc., con sede en Florida, Estados Ünidos, consistente en 1 Vehículo, Marca Nissan, Modelo Sentra V16STD BAYALBF.B13.SW2, Color Plata, Año 1999, Chasis 3N1EB31S9ZL029193, Motor GA16.700393P, con un valor CIF de US$ 5.166,72 y un peso aproximado de 1.054,00 kgs., a favor de la Asociación Promotora de Apostolado - APRODEA, la que será destinada al



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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